Asociación Nacional de Criadores de Ganado Vacuno de Raza Morucha Selecta

AYUDAS A LA CONSERVACIÓN Y MEJORA DE LOS TERRENOS SILVOPASTORALES

[vc_row][vc_column][vc_column_text]ORDEN FYM/406/2015, de 12 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para labores de mejora y prevención de daños en terrenos forestales con vocación silvopastoral, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020.

Actuaciones subvencionables.

Las ayudas reguladas en esta orden irán dirigidas a las siguientes actuaciones:

  • La redacción de un plan silvopastoral. (Deberá desbrozarse un mínimo de la superficie de actuación, equivalente a la que resulte de dividir el presupuesto total entre 800.)
  • Desbroce o arranque.
  • Resalveo.      
  • Implantación y mejora de pastizales.
  • Protectores para la densificación del arbolado.
  • Cerramientos ganaderos.
  • Mangas ganaderas.
  • Puntos de agua.
  • Pasos canadienses.

 

 

Condiciones generales.

 

  • No serán objeto de ayuda aquellas actuaciones que conforme al informe del Servicio Territorial no sean técnica y medioambientalmente viables.
  • Contar con los pertinentes permisos o autorizaciones necesarias para cada una de las actuaciones.
  • La superficie mínima de actuación objeto de ayuda al amparo de esta orden será:
    – 15 hectáreas para expedientes constituidos por las agrupaciones de titulares y las Entidades Locales con aprovechamiento colectivo de los pastos.
    – 10 hectáreas para expedientes constituidos por un único titular de explotación.
  • Dentro de la superficie de actuación deberá desbrozarse como mínimo una superficie equivalente a la que resulte de dividir el presupuesto total aprobado entre 800.
  • Se podrá dejar sin desbrozar un 5% de la superficie de desbroce concedida.

 

Cuantía de la ayuda en el sistema de módulos o costes estándar.

 

La cuantía total de la subvención por beneficiario estará entre 8.000 y 50.000 euros, para los 5 años de duración del contrato.

Criterios de valoración.

 

  1. a) Se puntuarán con dos puntos cada apartado de los siguientes que cumpla el solicitante:
    –  Agricultor a título principal.
    –  Entidades locales y superficies pastadas en régimen colectivo, Comunidades de Bienes y Cooperativas con un 50% de agricultores a título principal.
    –  Explotación que no se haya acogido al Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.
    –  Explotación registrada en el Consejo de Agricultura Ecológica (CAECYL).
    –  El 50% de su cabaña ganadera clasificada como raza autóctona.
    –  Explotación situada en zona con alto riesgo de incendios.
    –  Trabajadores discapacitados.
  1. b) Se puntuará con un punto el cumplimiento de cada uno de los siguientes apartados:
    –  Explotación esté ubicada en Espacios Naturales Protegidos.
    –  Ubicada en la Zona Sur del Duero.
    – Poseer una póliza de seguro para daños producidos por lobos y perros asilvestrados.

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